Cobro Jurídico de Facturas Electrónicas, Pagarés y Títulos Valores en Valledupar
Recupere el dinero de sus ventas mediante procesos ejecutivos ágiles con medidas cautelares de embargo de cuentas bancarias y secuestro de bienes en todo el departamento del Cesar.
Cobro Ejecutivo Coactivo y Protección de Liquidez Comercial
En el dinámico sector comercial, agropecuario y de servicios de Valledupar, Aguachica, Bosconia y los municipios del Cesar, el impago de facturas y pagarés pone en riesgo la nómina y solvencia del empresario. En JurisDefensa aplicamos las disposiciones del Artículo 422 del Código General del Proceso (CGP): demandamos ejecutivamente con base en documentos que contengan una obligación clara, expresa y actualmente exigible, solicitando medidas cautelares de embargo antes de que el deudor sea notificado.
¿Qué requisitos debe cumplir una factura electrónica para cobrarse por vía judicial en Colombia?
Para que una factura electrónica de venta preste mérito ejecutivo según el Artículo 774 del Código de Comercio y la Resolución DIAN 000085 de 2022, debe contener: (1) Acuse de recibo del mensaje de datos de la factura, (2) Constancia de recibo de las mercancías o servicios prestados (acuse de recibido físico o electrónico), (3) Aceptación expresa o tácita pasados 3 días hábiles sin reclamo, y (4) Su registro en la plataforma RADIAN de la DIAN si se pretende su circulación o cobro judicial coactivo.
Estrategia de Cobro en Dos Fases: Prejudicial y Judicial
Nuestra metodología combina presión comercial persuasiva con la contundencia del litigio ejecutivo:
Fase 1: Cobro Prejudicial Persuasivo
Requerimientos formales de pago con advertencia de reporte en centrales de riesgo (Datacrédito / TransUnion) y citación a audiencia de conciliación extrajudicial en la Cámara de Comercio de Valledupar. Se busca suscribir un acuerdo de pago con reconocimiento de deuda que constituya título ejecutivo reforzado.
Fase 2: Proceso Ejecutivo Coactivo
Presentación de demanda ejecutiva con solicitud de medidas cautelares previas bajo el Artículo 590 del CGP. El juez libra mandamiento de pago ordenando el embargo y secuestro de cuentas, predios y vehículos antes de que el demandado sea notificado.
Títulos Valores y Documentos que Recuperamos Judicialmente:
- Facturas Electrónicas de Venta: Cobro con acuse de recibo y constancia de aceptación del bien/servicio en el sistema RADIAN de la DIAN.
- Pagarés y Letras de Cambio: Ejecución de títulos sin necesidad de trámite probatorio previo, atacando la prescripción con diligencia (término general de 3 años).
- Cheques Devueltos: Protesto y cobro ejecutivo sumado a la sanción comercial obligatoria del 20% establecida en el Artículo 731 del Código de Comercio.
- Contratos de Arrendamiento y Cánones: Cobro acumulado de arriendos impagados, cuotas de administración y cláusulas penales comerciales o residenciales.
- Actas de Liquidación de Contratos: Reclamación ejecutiva de saldos reconocidos e impagados en contratos de obra, transporte o suministro.
Medidas Cautelares de Embargo y Secuestro en el Cesar
El éxito de una demanda ejecutiva radica en la velocidad con la que se inmovilizan los activos del deudor. Mediante convenios con la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Valledupar y Aguachica, y oficios electrónicos dirigidos a la Superintendencia Financiera, solicitamos:
- Embargo de Cuentas Bancarias: Bloqueo de saldos en cuentas de ahorro y corrientes hasta por el doble del capital reclamado más costas.
- Embargo de Inmuebles: Inscripción de la medida sobre fincas, lotes, casas y locales comerciales en el folio de matrícula inmobiliaria.
- Embargo y Secuestro de Vehículos y Maquinaria: Retención de automotores y maquinaria agrícola mediante orden a los organismos de tránsito de Valledupar y el Cesar.
¿Su Empresa Tiene Facturas o Pagarés en Mora en el Cesar?
No permita que el paso del tiempo extinga sus garantías de pago por prescripción cambiaria. Revisamos sus títulos valores sin costo de viabilidad previa.