¿Fue a retirar dinero de su cuenta de ahorros o a consultar su saldo bancario y encontró un saldo retenido bajo el concepto de “Medida Cautelar de Embargo por Coactivo de Tránsito”? En Colombia, miles de conductores son víctimas de embargos ilegales practicados por secretarías de tránsito municipales sin previa notificación personal, violando el debido proceso y desconociendo los límites de inembargabilidad fijados por la ley.
⚖️ Los 3 Fundamentos Legales para Levantar el Embargo
- Inembargabilidad de Cuentas de Ahorro (Art. 594 Numeral 2 del Código General del Proceso): Los dineros depositados en cuentas de ahorros en secciones de ahorro de los bancos están exentos de embargo hasta el límite legal fijado anualmente por la Superintendencia Financiera de Colombia (para 2026 supera los 510 UVT, aproximadamente $50 millones de pesos).
- Falta de Vinculación y Notificación Personal (Sentencia C-038 de 2020 de la Corte Constitucional): La fotomulta no se puede imputar automáticamente al propietario del vehículo sin identificar plenamente al conductor infractor.
- Caducidad de la Acción de Tránsito (Art. 161 del Código Nacional de Tránsito): Si transcurrió 1 año desde la infracción sin que se haya emitido y notificado la Resolución Sancionatoria en audiencia, la facultad sancionatoria caduca de pleno derecho.
Paso a Paso Inmediato para Desembargar su Cuenta
Si su cuenta fue congelada hoy, siga esta secuencia jurídica para reactivar sus fondos:
¿Tiene comparendos o fotomultas que desea anular o prescribir?
Compruebe si sus multas ya prescribieron a los 3 años (Art. 159 Ley 769 de 2002) o si caducaron al año por falta de audiencia o indebida notificación personal (Art. 161 CNT). Evaluamos su caso en el SIMIT y redactamos el memorial de exoneración ante el organismo de tránsito.
Paso 1: Solicitar la Certificación en su Entidad Bancaria
Acérquese a la sucursal de su banco o comuníquese con atención al cliente y solicite formalmente el Oficio de Medida Cautelar. El banco tiene la obligación de suministrarle:
- El número de oficio y fecha de la orden judicial o coactiva.
- El nombre de la entidad ordenante (ejemplo: Secretaría de Tránsito de Valledupar, Secretaría de Movilidad de Bogotá, Tránsito de Bello, etc.).
- El número de radicado del proceso de cobro coactivo y el monto retenido.
Paso 2: Radicar Derecho de Petición por Embargo Ilegal
Redacte y radique ante el organismo de tránsito un Derecho de Petición invocando el Artículo 594 del Código General del Proceso, solicitando el levantamiento inmediato de la medida cautelar y el envío de oficio de desembargo al banco por afectación al mínimo vital.
Minuta de Derecho de Petición para Desembargo por Tránsito
✓ Verificado bajo Art. 594 CGP
SECRETARÍA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE [CIUDAD]
DIRECCIÓN DE COBRO COACTIVO
REFERENCIA: DERECHO DE PETICIÓN (ART. 23 C.P.) – SOLICITUD DE DESEMBARGO INMEDIATO DE CUENTA BANCARIA POR APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 594 DEL CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO Y VULNERACIÓN AL DEBIDO PROCESO.
Yo, [NOMBRES Y APELLIDOS DEL TITULAR], identificado con Cédula de Ciudadanía No. [NÚMERO], comedidamente me dirijo a su despacho para solicitar:
PRETENSIONES:
1. Se ordene el LEVANTAMIENTO INMEDIATO del embargo trabado sobre mi cuenta de ahorros No. [NÚMERO DE CUENTA] de la entidad [NOMBRE DEL BANCO], dentro del proceso coactivo No. [NÚMERO DE EXPEDIENTE].
2. Se oficie de manera urgente y mediante canal electrónico a la referida entidad bancaria notificando el desembargo.
3. Se decrete la NULIDAD de todo lo actuado por indebida notificación personal del comparendo No. [NÚMERO DE COMPARENDO].
Descarga la minuta completa con fundamentación de sentencias de la Corte Constitucional.
Paso 3: Interponer Acción de Tutela si no Desembargan
Si transcurren 15 días hábiles y el organismo de tránsito no responde o emite una respuesta evasiva mientras su cuenta sigue bloqueada, se debe interponer una Acción de Tutela por vulneración al Derecho Fundamental al Mínimo Vital, al Debido Proceso y a la Subsistencia Digna. Los jueces ordenan el desembargo en un plazo no mayor a 48 horas tras admitir la acción.
¿Desea Bajar o Anular sus Comparendos y Fotomultas?
Evaluamos su caso de inmediato frente a los plazos legales de prescripción (3 años - Art. 159 CNT) o caducidad sancionatoria (1 año - Art. 161 CNT). Redactamos su memorial de exoneración ante el organismo de tránsito.